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Encuesta de calidad de servicio 2020

Estimado Usuario: Agradecemos su participación en esta encuesta que nos permitirá conocer su percepción sobre el servicio brindado y contribuirá para mejorar en caso de ser necesario. Completándola podrá participar por el sorteo de un smart 42″

9. Califique la atención ante consultas o reclamos en nuestras oficinas en los siguientes servicios:
10. Como considera la atención telefónica de CES ante consultas o reclamos en los siguientes servicios:

Bases del sorteo sobre Encuesta de Calidad de Servicio 2020

PRIMERA.- PERIODO DE VIGENCIA Y CONDICIONES GENERALES: La Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto, realizará un sorteo dirigido a los usuarios que participen en la Encuesta de Calidad de Servicio 2020.

Tendrá lugar bajo la modalidad “sorteo gratuito” y se celebrará en Salto el 16 de Septiembre de 2020, en las condiciones que más adelante se detallan.

SEGUNDA.- OBJETIVO: El objetivo de la presente encuesta es conocer la satisfacción de los usuarios en diferentes aspectos de su relación con la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto para ofrecerles un mejor servicio.

TERCERA.- PARTICIPANTES Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN: Podrán participar en el presente sorteo todas aquellas personas físicas y jurídicas, usuarios de la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto, que posean la factura de energía eléctrica sin deuda al día 7 de Septiembre de 2020,  y participen en  la Encuesta de Calidad de Servicio 2020, ingresando a la web: www.coopelsalto.com.ar. La participación en la encuesta implicará la aceptación de estas bases.

Queda excluido del sorteo el personal activo y/o pasivo, y miembros del Consejo de Administración de la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto.

CUARTA.- PREMIO: El premio de los presentes sorteos consiste en: 1 (un) Smart 42″.

QUINTA.- REGISTROS: Se entienden por REGISTRADOS aquellos participantes que finalicen el cuestionario de las encuestas que lleven asociado el sorteo.

SEXTA.- MECÁNICA DEL SORTEO: Las encuestas serán recepcionadas desde el 5 de Agosto de 2020 hasta el 7 de Septiembre de 2020 inclusive. Sólo se admitirá una participación por suministro, el premio solo puede ser recibido por el titular del suministro de energía eléctrica.

La Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto se reserva la posibilidad de modificar la fecha de los sorteos de mediar motivos justificados.

El sorteo se celebrará en Salto el 16 de Septiembre de 2020, mediante escribano público.

En los casos de identificación incompleta, incorrecta o imposibilidad de localización tanto de los ganadores o incumplimiento del resto de las bases, o para el supuesto de no aceptación del premio una vez transcurridos 15 días desde la celebración del sorteo, el premio quedará desierto.

SÉPTIMA.- COMUNICACIÓN DE RESULTADOS DEL SORTEO: Los premiados serán el titular que figura asociado al número de suministro. Una vez efectuado el sorteo, y a poder ser en el mismo día, se le comunicará al titular que haya resultado agraciado a través de los datos de contacto que figuren en la base de datos de la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto.

OCTAVA.- ENTREGA DEL PREMIO: Para recibir el premio, se identificará a los ganadores por el N° de asociado, cumpliendo además todos los requisitos exigidos en las presentes bases.

El premio no es canjeable por efectivo.

No existe la posibilidad de transferir el premio a otra persona que designe el premiado.

Por otra parte, en caso de no aceptación del premio por parte del premiado en un plazo de quince días, se entenderá que el usuario renuncia al mismo.

NOVENA.- ACEPTACIÓN DEL PREMIO: La simple aceptación del premio por parte de la persona ganadora implicará necesariamente que autoriza a la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto a utilizar publicitariamente su nombre e imagen en el material publicitario relacionado con el presente sorteo.

DÉCIMA.- Por el mero hecho de participar en el presente sorteo, se entiende que los participantes aceptan sus bases y el criterio con que la Cooperativa Limitada de Consumo de Electricidad del Salto resuelva cualquier cuestión relacionada con el sorteo.

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