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Energia

Conexión/Desconexión

Casas o departamentos destinados a vivienda únicamente

Deberá concurrir el titular de la propiedad o quien acredite la posesión o tenencia del inmueble o instalación, con la siguiente documentación:
Documento de identidad

Si es una persona jurídica (Sociedades, Mutuales, Cooperativas, Clubes, etc.), además deberá agregar:

Fotocopia autenticada del estatuto social
Fotocopia autenticada del acta de designación de autoridades
Fotocopia autenticada del poder para realizar el trámite

Acreditación del uso de la propiedad:

Si es propietario

Original del título, o constancia que se encuentra en trámite del escribano

Si no es propietario:

Contrato de alquiler con certificación de la Inmobiliaria o firmas certificadas en el Juzgado de Paz, Escribano o Estudio Jurídico, o Autorización o convenio de comodato de uso de la propiedad otorgado por el propietario (Deberá concurrir a firmar a la Cooperativa o en su defecto certificar la misma ante Juzgado de Paz o Escribano), deberá presentar original del título, o Certificado de domicilio emitido por Registro de las Personas.

Documentos de todas las personas que habitarán la propiedad

Si se adhiriera al Servicio de Sepelios, deberán tener el domicilio actualizado en los documentos.

Deberá abonar:

Cargo de conexión monofásico que podrá pagarlo en 2 cuotas, la primera al contado y la siguiente en la primera factura de energía.

Fondo de Garantía

Los solicitantes del suministro que no son propietarios deberán abonar al momento de solicitar un fondo de garantía.

Propiedades o instalaciones destinados uso comercial

Deberá concurrir el titular de la propiedad o quien acredite la posesión o tenencia del inmueble o instalación, con la siguiente documentación: Documento de identidad

Si es una persona jurídica (Sociedades, Mutuales, Cooperativas, Clubes, etc.), además deberá agregar:

Fotocopia autenticada del estatuto social
Fotocopia autenticada del acta de designación de autoridades
Fotocopia autenticada del poder para realizar el trámite

Acreditación del uso de la propiedad:

Si es propietario:

Original del título, o constancia que se encuentra en trámite del escribano

Si no es propietario:

Contrato de alquiler con certificación de la Inmobiliaria o firmas certificadas en el Juzgado de Paz, Escribano o Estudio Jurídico, o Autorización o convenio de comodato de uso de la propiedad otorgado por el propietario (Deberá concurrir a firmar a la Cooperativa o en su defecto certificar la misma ante Juzgado de Paz o Escribano), deberá presentar original del título, o Certificado de domicilio emitido por Registro de las Personas.

Habilitación Municipal del comercio o constancia de iniciación del trámite

Constancia de inscripción ante la AFIP (CUIT)

Deberá abonar:

Cargo de conexión monofásica según cuadro tarifario vigente.

Cargo de conexión trifásica según cuadro tarifario vigente. Lo podrá pagar en 2 cuotas, la primera al contado y la siguiente en la primera factura de energía.

Fondo de Garantía

Los solicitantes del suministro que no son propietarios deberán abonar al contado un fondo de garantía.

De acuerdo a lo dispuesto por el Organismo de Control Eléctrico de la Provincia de Buenos Aires (O.C.E.B.A.) en la Resolución 92/08 y a recomendaciones de la Asociación Electrotécnica Argentina (A.E.A.), sobre las acometidas para pequeñas demandas tarifa T1 que debe poseer el cliente para acceder a una conexión de energía eléctrica, la Cooperativa Eléctrica Salto previo a la conexión, verificará la instalación de se encuentre en un todo de acuerdo a lo establecidos por la mencionada resolución. que podemos resumir a continuación y de no encontrase en condiciones no conectará el servicio:

Acometidas:

En los casos en que la red de suministro de la Distribuidora sea aérea, el cliente podrá optar según el tipo de edificación, por la construcción de un pilar de mampostería, por la instalación de un pilar premoldeado de HºAº o por la instalación del punto de medición sobre la fachada de la propiedad (en caso de coincidir esta con la línea municipal). En todos los casos deberá disponer los siguientes elementos que serán provistos y montados por el cliente (ver croquis 1 y ver croquis 2).

 

 

 

Caja para medidor monofásico o trifásico según corresponda, y debe reunir, como mínimo las siguientes características:

Construida de material aislante no higroscópico y autoextinguible, con alta rigidez dieléctrica. Tendrá un grado de protección mínimo IP 43 (IEC 60529) e IK 10 de la norma IEC 62262.

Las dimensiones aproximadas serán:

Caja para medidor monofásico:

Alto: 290 mm
Ancho: 180 mm
Profundidad: 180 mm

Caja para medidor trifásico:

Alto: 420 mm
Ancho: 280 mm
Profundidad: 200 mm
Conductores (excepto desde la red de distribución hasta el medidor – acometida – que será provisto y montado por la Distribuidora) y responderán a las siguientes características y normas:

Conductores de cobre aislados, construidos según normas IRAM NM 247-3 o 62267.
Cables de cobre, construidos según normas IRAM 2178, 2268, o 62266, sección mínima 4 mm2.
Se respetará el código de colores que indica la Asociación Electrotécnica Argentina en su Reglamentación para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles y que especifica:

Neutro: celeste
Fase R: marrón
Fase S: negro
Fase T: rojo
Para el conductor de fase en instalaciones monofásicas, se podrá utilizar indistintamente cualquiera de los colores indicados en el caso trifásico, pero se preferirá el marrón.

Caños de conexión:

En el caso de suministro aéreo, será de acero galvanizado, aislado interior y exteriormente de diámetro no menor a 38 mm. (1 1/2”), de 3 mts. de longitud. En su extremo superior llevará instalada una pipeta desarmable correspondiente a 180° grados, de policarbonato. No se admitirán curvas de este caño a excepción de las curvas de acceso a la caja de medidor o caja de toma.
En el caso de suministro subterráneo, el caño que vincula la caja de toma trifásica con la red será de PVC semipesado de diámetro no menor a 76 mm. (3”). La disposición y longitud de este caño serán tales que el extremo inferior del mismo se ubique entre 500 y 600 mm. por debajo del nivel de vereda. El extremo inferior presentará una boca que sobrepase levemente la submuración existente hacia el lado vereda, no admitiéndose curvas en su parte inferior. Las pequeñas conformaciones que se deban realizar al caño no generarán disminuciones de su sección efectiva.
Todos los caños que vinculan la caja de medidor con la caja de toma trifásica, y la caja de medidor con el tablero principal del cliente, deberán ser de PVC semipesado de diámetro no menor a 25,4 mm. (1”).
En el caso de acometida aérea, el caño de acceso a la caja del medidor podrá ingresar por la parte superior de la misma.

El tablero principal del cliente deberá estar instalado a no más de 1 metro de la caja del medidor, observando:

Su diseño y protecciones responderán a los requisitos del “Reglamento para Instalaciones Eléctricas en Inmuebles”, de la AEA.
Serán construidos en material sintético aislante, autoextinguible. Tendrán un grado de protección mínimo IP 54 (IEC 60529).
Se exigirá protección termomagnética en el mismo tablero, bipolar o tetrapolar según corresponda contemplando accionamiento de neutro solidariamente con las fases.El calibre para la protección termomagnética será para corriente nominal máxima de 32 A.
Se exigirá la instalación de un diyuntor diferencial de corriente nominal de 25 ampere o mayor
Este se ubicará a no más de 1 metro de separación de la caja de medidor, de acuerdo a las recomendaciones de la Asociación Electrotécnica Argentina.
Los conductores de salida deberán ser instalados independientemente de la acometida, no pudiendo pasar por las cajas de toma, caja de medidor, o caño de bajada, o interconexión entre cajas.

La baja o desconexión del suministro se realizará por:

Solicitud del socio: El socio deberá firmar la correspondiente Orden de Servicio de Desconexión y abonar las facturas que adeuda a la fecha.
Cambio de titularidad: Se concederá el cambio de titularidad del servicio de energía eléctrica al socio que reuna los requisitos para una conexión, y conserve el encuadramiento tarifario otorgado al titular anterior, limitando el uso del servicio a la potencia y condiciones técnicas propias del citado encuadramiento.

Por falta de pago, previa suspensión del servicio y comunicación al socio: Cuando al socio se le ha suspendido el servicio por falta de pago y ante el incumplimiento a la intimación de la Cooperativa de normalizar el pago, se procederá a desconectar el mismo. Para conectar nuevamente este suministro se considerará como una nueva conexión debiendo cumplir con todos los requisitos solicitados y pagar el correspondiente cargo.
Por razones técnicas, cuando las instalaciones del socio no reúnan las condiciones de seguridad que establece el Organismo de Control.
En todos los casos se generará una nota de débito por el consumo existente entre la última fecha de lectura del estado y la de la desconexión. La baja del servicio es sin costo.

Recomendación al socio

Solicitar la baja del servicio cuando no requiera más del mismo, porque es SOLIDARIAMENTE RESPONSABLES de los consumos, gastos, daños y/o perjuicios que se pudieran ocasionar en el mismo.

El socio deberá pagar las facturas a su vencimiento, si así no ocurriera, La Cooperativa intimará al mismo otorgándole un plazo de 48 horas para normalizar la situación, caso contrario queda habilitada para suspender el servicio. Cuando el suministro se encuentra suspendido, para rehabilitar el mismo deberá pagar la deuda, intereses y el cargo por rehabilitación establecido (que se informa más abajo), y La Cooperativa dentro de las 48 horas hábiles procederá a rehabilitar el mismo. Artículos 6, 7, 8 y concordantes del Anexo E, Reglamento de suministro y conexión.

ATENCIÓN AL SOCIO

OFICINAS: L a V de 7:00 a 14:00 Hs
A. SOCIAL: Mar y Jue de 8:00 a 12:00 Hs

Consumos de artefactos

Contratos de concesión.

Descarga de documentos asociados

SUBANEXO A

SUBANEXO B

 SUBANEXO B PARTE I

SUBANEXO B PARTE II

SUBANEXO C

SUBANEXO D

SUBANEXO E

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